Los conductores de patinetas eléctricas y otros vehículos eléctricos livianos de movilidad personal en Colombia deben cumplir nuevas reglas de circulación y seguridad vial. La Ley 2486 de 2025 establece sanciones para determinadas infracciones y faculta a las autoridades de tránsito para ejercer controles sobre estos usuarios.

La normativa busca mejorar la convivencia entre quienes utilizan estos medios de transporte, los peatones y los demás actores viales. Sin embargo, las obligaciones específicas dependen de las características del vehículo y de la conducta cometida.

¿Por cuáles infracciones pueden multar a los usuarios?

La Ley 2486 de 2025 contempla una multa equivalente a seis salarios mínimos legales diarios vigentes para determinadas conductas, entre ellas:

  • Transportar acompañantes sin autorización: llevar a más de una persona en un vehículo que no esté diseñado para ello o que no cumpla las condiciones técnicas exigidas.
  • Circular por andenes y zonas peatonales: utilizar espacios destinados exclusivamente al tránsito de peatones.
  • Transitar por vías restringidas: circular por la Red Vial Nacional en los casos prohibidos por la ley, teniendo en cuenta las excepciones aplicables.

Con el salario mínimo legal vigente de 2026, la sanción de seis salarios mínimos diarios equivale aproximadamente a $350.178, no a $285.000. El valor exacto debe verificarse con la liquidación oficial aplicable a la infracción.

¿Qué otras reglas deben cumplir?

La regulación también contempla condiciones de seguridad y circulación para los vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana. Entre ellas están el uso de casco certificado, los elementos de protección exigidos, las luces y los límites de velocidad correspondientes.

En términos generales, la reglamentación establece un máximo de 25 km/h en infraestructura destinada a bicicletas y de hasta 40 km/h en vías permitidas, salvo que exista un límite inferior. También restringe la circulación por determinados corredores, como túneles, viaductos y vías con velocidad máxima señalizada igual o superior a 80 km/h.

No todos los vehículos eléctricos tienen las mismas obligaciones: las bicicletas eléctricas, las patinetas y las motos eléctricas pueden pertenecer a categorías distintas. Por eso, es importante verificar la clasificación técnica antes de asumir qué requisitos o sanciones aplican.

¿Pueden inmovilizar una patineta eléctrica?

Las consecuencias dependen de la infracción y de la disposición que corresponda. No debe asumirse que todas las conductas generan automáticamente la inmovilización del vehículo. Los agentes de tránsito deben aplicar la norma correspondiente según las características del vehículo y las circunstancias del caso.

La recomendación para los usuarios es revisar las reglas vigentes, utilizar los elementos de protección y evitar circular por espacios peatonales o vías restringidas. Conocer estas obligaciones puede ayudar a prevenir accidentes y sanciones.

¿Está de acuerdo con que se refuercen los controles a las patinetas eléctricas en Colombia? Cuéntenos su opinión.